Los miembros honorarios de la ABPR, son principalmente aquellas empresas que operan como bancos internacionales en virtud de la Ley 52 y la Ley 273, respectivamente. Dichas instituciones tener una licencia emitida por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (“OCIF”) a tenor con las antes mencionadas Leyes.
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